Reglamento interno

Reglamento interno

Reglamento interno


CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

CONCEPTO, FINES, BASE LEGAL Y ALCANCE

Artículo 1°. Colegio Trener S.A., inscrita en la partida 11068120 de RRPP y con RUC 20269300141 es un centro educativo privado, mixto, bilingüe y laico, autorizado por el Ministerio de Educación con las resoluciones 171-94 y 165-99 de la UGEL 07 (R.D. USE 07 Nº 0165.pdf (trener.edu.pe). Tiene como finalidad brindar servicios educativos en los niveles de inicial, primaria y secundaria de la educación básica regular.

Artículo 2°. El presente Reglamento norma los aspectos pedagógicos y administrativos del Colegio, obliga a todo el personal que labora en él, a sus alumnos y a los padres de familia, apoderados o tutores. Es complementado por las normas y disposiciones del Directorio del Colegio, respetando las normas legales que rigen la educación privada en el Perú.

 

CAPÍTULO II

LÍNEA AXIOLÓGICA, OBJETIVOS, ENFOQUE PEDAGÓGICO Y ORGANIZACIÓN DE AULAS

Artículo 3°. Dentro de un ambiente de exigencia académica, de respeto y práctica de los valores que emanan de la dignidad de la persona humana, tales como la solidaridad, la benevolencia y la tolerancia, entre otros, el Colegio brinda una educación de calidad. Para ello, orienta su currículo de acuerdo con la ciencia más moderna y aplica técnicas pedagógicas que potencian la reflexión, la curiosidad y los intereses de sus alumnos. En un ambiente de orden y trabajo, reconoce la individualidad de cada alumno por lo que busca la adaptación personal de los programas, promueve el dinamismo, la creatividad y la confianza de cada uno de ellos.

La educación es bilingüe y busca que sus alumnos dominen la lengua inglesa. Prepara a sus alumnos para el acceso a la educación superior.

El Colegio promueve la formación integral de los estudiantes y su metodología está alineada con este fin. El desarrollo de la autonomía moral y cognitiva son centrales, así como el de la consciencia y capacidades ciudadanas. Por ello, el trabajo de tutoría, así como el aprendizaje cooperativo y basado en proyectos son los pilares de nuestro trabajo. De igual forma, en los planes curriculares y en los de tutoría se consideran los enfoques transversales del currículo nacional para desarrollar el reconocimiento y respeto de derechos, la valoración de la diversidad y el desarrollo de actitudes inclusivas, el respeto y valoración de la interculturalidad, así como la consciencia ambiental y actitudes hacia la búsqueda permanente del bien común y la excelencia.

Nuestro currículo busca el desarrollo de competencias transversales a través de todas las actividades escolares, así como las específicas de cada área curricular. Buscamos el trabajo integrado de las áreas curriculares en situaciones significativas de aprendizaje que promuevan la construcción de los aprendizajes por cada estudiante. El aprendizaje basado en proyectos nos permite desarrollar de manera natural las capacidades para desempeñarse en diversos contextos, así como aprender a aprender.

Artículo 4°. Organización de aulas:

Cada promoción está agrupada en secciones paralelas. En el nivel inicial, el número de alumnos por sección es máximo 25; en el resto del Colegio el promedio es de 30 alumnos por sección, con un máximo de 32, únicamente en caso de eventualidades.

Desde PK y hasta segundo grado, siempre hay dos profesoras trabajando con los alumnos.

Desde inicial hasta tercero de secundaria, las clases se desarrollan en el “Trener 1”, nuestro local central. Los alumnos de los dos últimos grados de secundaria asisten al “Trener 2”, local que se ubica a cinco cuadras de nuestro local central. Ambas sedes cuentan con laboratorios, aulas especiales para todas las actividades escolares y áreas para deporte y recreación.

A partir de secundaria los alumnos van todas las semanas al local deportivo en Pachacamac, donde tienen clases de educación física, arte y teatro.

 

CAPÍTULO III

DURACIÓN, PLAN DE ESTUDIOS, METODOLOGÍA Y SISTEMA DE EVALUACIÓN

Artículo 5°. La duración, el contenido, la metodología y el sistema pedagógico del plan curricular de cada grado son aprobados por el Directorio a propuesta del Director General. Del mismo modo, de ser el caso, se definirán y comunicarán las opciones virtuales o híbridas que permitan cumplir con el plan educativo.

Artículo 6°. El calendario escolar y el horario de clases lo establece el Directorio al comienzo del año escolar, en función a cada nivel y de la siguiente manera:

Cada año se inicia el primer día útil de marzo y termina en la segunda semana de diciembre con las vacaciones de mayo (una semana), julio (dos semanas) y octubre (una semana).

Formato horario de inicial

  Lu Ma Mi Ju Vi
8:00-8:20 Juego libre                                                                                                                                                  
1.er bloque Trabajo en proyectos en castellano        
Recreo y refrigerio          
2.° bloque Trabajo en proyectos en inglés        
12: 45 Salida        

 


Formato horario de primaria

  Lu Ma Mi Ju Vi
8:00-8:45 Tutoría Tutoría Tutoría Tutoría Tutoría
Periodo 1          
Periodo 2          
Recreo          
Periodo 3          
Periodo 4          
Lonchera          
Recreo          
Periodo 5          
Periodo 6          
Cierre          
14:25 Salida Salida Salida Salida Salida


Formato horario de secundaria

  Lu Ma Mi Ju Vi
7:45 – 8:15 Tutoría Tutoría Tutoría Tutoría Tutoría
Periodo 1          
Periodo 2          
Periodo 3          
Recreo          
Periodo 4          
Periodo 5          
Recreo y 
Lonchera
         
Periodo 6          
Periodo 7          
Cierre          
15:15 Salida Salida Salida Salida Salida


En Trener 2, los grados de 10° y 11° entran 15 minutos más tarde y el horario se corre.
Las actividades y horarios especiales de cada grado para clases de Religión, Educación artística y Educación física como talleres curriculares se informan cada año con la debida anticipación.

Artículo 7°. La asistencia y puntualidad de los alumnos se controla de acuerdo con las disposiciones del Colegio. Las justificaciones de las inasistencias o tardanzas se realizan por escrito. Igualmente, las solicitudes de permisos de salida antes de hora, así como de inasistencias previsibles deberán ser solicitadas al Director de Nivel, por escrito y con la debida anticipación. En caso de más de 25% de inasistencias injustificadas, el Comité de Directores analizará si el alumno podrá lograr las competencias de un área dada o si debe permanecer en el grado.

Artículo 8°. El plan curricular busca el desarrollo de competencias transversales y curriculares basado en el Currículo Nacional de Educación Básica.

Tabla de horas pedagógicas por áreas y grados:

 

 

Horas pedagógicas

Áreas

Observaciones

Inicial

1°-2°

3°-4°

5°-6°

7°-8°

10°

11°

Comunicación

 

 

10

9

9

6

6

4

6

Personal Social

Integrado con Ciencia y Tecnología hasta 2°

 

 

 

 

 

Inglés

 

 

8

7

7

6

6

6

4

Francés

 

 

 

 

0-2

2

2

2

2

Ciencias Sociales y

 

Historia, geografía y economía en Humanidades

 

 

 

 

6

5

6

6

World History & Geography

 

 

 

 

3

4

3

 

Desarrollo personal, ciudadano y cívico

Incluido junto con CC SS en Humanidades. En 11° también en Filosofía

 

 

 

 

 

 

 

2

Matemática

Math desde 5°

 

8

6

6

6

6

8

10

Ciencia y Tecnología

Science desde 3°

Antes integrado con PS y COM

 

 

4

5

5

6

5

5

Informática

Además del trabajo transversal de TIC

 

 

 

 

1

1

1

1

Educación para el trabajo

*Se trabaja en los proyectos. En 10° adicionalmente en matemáticas aplicadas

*

*

*

*

*

2

*

2

*

2

*

2

Arte y Cultura

Artes plásticas/ Visual Arts

 

2

2

2

2

2

2

2

Música

 

1

1

1

Teatro: *hasta 4° a través de las obras en Inglés

*

*

*

 

Educación Física

 

 

2

2

2

2

2

2

2

Educación  Religiosa

*Parte se da en Tutoría, sobre todo hasta 2° y luego complementariamente

 

*

*

1

*

1

*

1

1

1

1

Tutoría

 

5

5

5

5

5

5

5

5

 

Las competencias que se trabajan en cada área están en concordancia con las establecidas en el Currículo Nacional. Asimismo, las competencias transversales referidas a la gestión del aprendizaje autónomo y al manejo de las Tecnologías de la información y la comunicación. Incluimos algunas competencias adicionales referidas al desarrollo integral y al área curricular de Francés.

La información detallada del plan curricular estará a disposición de los padres de familia, apoderados o tutores en las reuniones de cada inicio de año escolar, tanto las individuales del proceso de matrícula como las grupales al inicio de marzo.

Artículo 9°. Las exoneraciones o excepciones para las áreas curriculares de Educación Religiosa y Educación Física u otras que pudieran presentarse se autorizan de acuerdo con las disposiciones oficiales vigentes y se solicitan por escrito en el momento de la matrícula. En casos excepcionales podrá verse dicha solicitud en otro momento del año.

Artículo 10°. Los viajes, las excursiones y visitas de estudio son parte del currículo. El Colegio los coordina y los padres de familia deben autorizar por escrito, a través de la intranet, la participación de sus hijos.

Artículo 11°. Los idiomas empleados en la enseñanza son el castellano y el inglés, según sea el área curricular. Los alumnos deberán rendir la prueba de suficiencia de inglés para graduarse. Adicionalmente, en secundaria aprenderán como tercer idioma el francés.

Artículo 12°. Las normas sobre evaluación y promoción de grado son aprobadas por el Directorio y se adecuarán, cuando corresponda, a las disposiciones que dicte el Ministerio de Educación.

Artículo 13°. La evaluación de los alumnos es permanente y se refiere al desarrollo de las competencias transversales y curriculares. Se da a través de diversas herramientas y situaciones, no solo a través de las pruebas escritas. Se prioriza la retroalimentación y cuando se establecen niveles de logro se usan rúbricas.

Artículo 14°. En la evaluación se mide el avance de los alumnos en las competencias que correspondan. Se utiliza la escala indicada en el Currículo Nacional de Educación Básica:

AD

Logro destacado

Cuando el estudiante evidencia un nivel superior a lo esperado respecto a la competencia; es decir, muestra aprendizajes que van más allá del nivel esperado.

A

Logro esperado

Cuando el estudiante evidencia el nivel esperado respecto a la competencia, mostrando manejo satisfactorio en las tareas propuestas y en el tiempo programado.

B

En proceso

Cuando el estudiante está próximo al nivel esperado respecto a la competencia y requiere acompañamiento durante un tiempo razonable para lograrlo.

C

En inicio

Cuando el estudiante muestra un progreso mínimo hacia el nivel esperado respecto a la competencia. Con frecuencia evidencia dificultades en el desarrollo de las tareas y necesitará mayor tiempo de acompañamiento e intervención del docente.

 

Artículo 15.° En el caso de evaluaciones escritas programadas con fechas determinadas, el alumno que falte debe presentar una excusa por escrito para poder tener una evaluación extemporánea. Dicha evaluación será diferente y podrá ser más exigente, en función al tiempo transcurrido y los temas avanzados. Estas pruebas serán devueltas corregidas para que el alumno los lleve a casa y haga firmar por sus padres y/o apoderados. Una vez firmadas, deberán ser archivadas por los alumnos en el fólder del área respectiva.

Artículo 16°. Los reclamos respecto a cualquier evaluación deben ser presentados por escrito por los alumnos. En el caso de reclamos sobre las evaluaciones en el informe trimestral, éstos deben ser sustentados presentando el fólder de evaluaciones completo.

Artículo 17°. La evaluación mira el proceso de aprendizaje a lo largo del año, por lo que los niveles alcanzados en los diferentes periodos no se promedian. El nivel alcanzado en el último periodo (tercer trimestre) se considera el resultado final del año escolar. Las metas no logradas en los primeros periodos se siguen recuperando y evaluando hasta fin de año, por lo que no es posible lograr los niveles esperados en el periodo final sin haber recuperado todas las metas básicas; así, el nivel del tercer trimestre es el nivel alcanzado en todo el año. En caso de no conseguir el logro esperado hasta el final del año escolar se podrá realizar en la recuperación de verano.  

Artículo 18°. Los padres de familia reciben un informe pedagógico al final de cada periodo de evaluación. En este, además del nivel de logro de cada competencia, se reporta la evaluación descriptiva cualitativa del tutor respecto al desarrollo integral del alumno, de acuerdo con las competencias y los enfoques transversales del currículo nacional y del colegio.

Artículo 19°. Los certificados de estudio se emiten al final de la escolaridad, en caso de traslado o cuando el padre, apoderado y/o tutor lo solicite. No se emitirán los certificados de grados cuyas pensiones no hayan sido canceladas previamente.

 

CAPÍTULO IV

DE LA DIRECCIÓN, ORGANIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN Y FUNCIONES DEL COLEGIO

Artículo 20°. La estructura pedagógica del Colegio es la siguiente:

  1. El Directorio

  2. La Gerencia General

  3. El Director General

  4. La Subdirección Académica

  5. El Comité de Directores de Nivel

  6. Los Directores de Nivel

  7. El Comité de Coordinación Interna

  8. Los Coordinadores de Área o Departamentos

  9. Los Profesores y Tutores

Artículo 21°. El Directorio

El Directorio define la política educativa y administrativa del Colegio y es la última instancia de cualquier asunto al que se avoque.

Artículo 22°. La Gerencia General

La Gerencia General es responsable de velar por el normal desarrollo del colegio, así como por el cumplimiento de las decisiones e indicaciones del Directorio.

Artículo 23°. El Director General

El Director General es el responsable de la conducción y administración de las actividades pedagógicas del Colegio. Su labor principal se centra en el liderazgo pedagógico de la institución que se ejerce, entre otras formas, a través de:

-  Las reuniones de coordinación con los coordinadores de áreas y los directores de nivel, tanto las individuales (semanales o quincenales), como las grupales (semanales).

-  El liderazgo de los comités más importantes, como es el de Convivencia y tutoría.

-  Las reuniones generales y talleres pedagógicos con todo el profesorado que se realizan mensualmente y en los periodos de vacaciones de los alumnos y que tratan de proyectos de innovación transversales a los grados y áreas, así como de los elementos centrales de nuestra propuesta pedagógica y de nuestro sistema de convivencia escolar.

-  La planificación y conducción de los proyectos de innovación y de las actividades especiales de los alumnos.

-  Las visitas, acompañamiento y supervisión en las diferentes instancias del colegio.

Artículo 24º. La Subdirección Académica

La Subdirección Académica es encargada de apoyar al Director General y de reemplazarlo cuando no esté en la conducción y administración de las actividades pedagógicas del Colegio.

Artículo 25º. El Comité de Directores de Nivel

El Comité de Directores de Nivel está conformado por el Director General, los Directores de Nivel y el psicólogo Coordinador del Departamento Psicopedagógico. El comité es un órgano asesor del Director General, está encargado de la promoción de la convivencia democrática y, como tal, colabora en la supervisión del trabajo pedagógico de los tutores.

Artículo 26°. Los Directores de Nivel

El Director de Nivel es el responsable de la conducción de varios grados, cuyo conjunto se denomina “nivel”.

Artículo 27º. El Comité de Coordinación Interna

El Comité de Coordinación Interna está conformado por el Director General, los Directores de Nivel y los Coordinadores de Área o Departamentos. El Comité es un órgano asesor del Director General y colabora con él en la supervisión del trabajo de los profesores y del desarrollo de las áreas curriculares.

Artículo 28º. Los Coordinadores de Área o Departamentos 

Los Coordinadores de Área o Departamentos son los responsables de un área curricular.

Artículo 29º. Los Profesores y Tutores

Los profesores tienen a su cargo la preparación y la conducción de las clases de una o más áreas en uno o más niveles del colegio. Pueden además ser tutores, sin que esto signifique cambio alguno en la jerarquía administrativa.

Los tutores tienen a su cargo la conducción y supervisión de una sección. En tal virtud, son los interlocutores del Colegio con los padres de familia, apoderados o tutores de la sección y coordinan con los demás profesores las medidas pedagógicas necesarias para la sección.

Todos los profesores y tutores tienen la obligación de detectar, atender y denunciar de inmediato al Comité de Directores de Nivel, los hechos de violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y cualquier otra manifestación que constituya acoso entre los estudiantes, incluyendo aquellos que se cometan por medios telefónicos, electrónicos o informáticos y sobre los que hayan sido testigos o hayan sido informados.

Artículo 30°. Departamentos y servicios de apoyo

a) Psicopedagógico - Los psicólogos asignados a los diferentes grados trabajan en coordinación con los tutores y directores de nivel para apoyar el desarrollo socioemocional de los alumnos y sus interacciones en el grupo.

b) Departamento de atención a las necesidades educativas especiales (DANEE) - Los especialistas de aprendizaje trabajan con los profesores de cada sección para atender las necesidades educativas especiales de los alumnos que la conforman, desde una óptica del diseño universal para el aprendizaje.

c) Biblioteca - Los bibliotecarios organizan el banco del libro, las bibliotecas de aula y la colección central de libros y recursos para apoyar el proceso de aprendizaje dentro y fuera del horario escolar. Los tutores y profesores son responsables de evaluar los recursos nuevos y hacer los requerimientos necesarios.

Artículo 31°. La estructura administrativa del Colegio es la siguiente:

a. El Directorio

b. La Gerencia General

c. La Gerencia Administrativa

d. La Subdirección Administrativa

e. Los Departamentos de Logística, Comercial, Contabilidad, Tesorería e Informática.

Artículo 32°. La Gerencia Administrativa y la Subdirección Administrativa

La Gerencia Administrativa es la encargada de la administración y funcionamiento de los órganos del Colegio que apoyan la labor pedagógica.

La Subdirección Administrativa tiene a su cargo la organización y supervisión de las oficinas administrativas que apoyan la tarea pedagógica del Colegio. Asimismo, es la encargada de tratar con los padres de familia, apoderados o tutores lo relacionado con las pensiones y becas.

ORGANIGRAMA

 

CAPÍTULO V

DE LA MATRÍCULA, DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DE LOS ESTUDIANTES Y DE LAS DISPOSICIONES RELATIVAS A LA ESTADÍA DE LOS ESTUDIANTES EN EL COLEGIO

Artículo 33°. El ingreso de un alumno lo determina la comisión de admisión luego de un proceso sobre la base de criterios que establece el Directorio. Este proceso se inicia brindando toda la información a los postulantes y que está permanentemente actualizada en la página web cuyo enlace se les hace llegar a los interesados. Ahí figuran los requisitos, los costos y sus históricos, así como las vacantes disponibles, entre otras. Admisión 2023 | ColegioTrener

La comisión de admisión se nombra cada año y está conformada por el Director General y dos miembros que designe el Directorio. Esta comisión deberá revisar los expedientes y los resultados de las evaluaciones y entrevistas realizadas, según sea el caso. En los grados menores no se evalúa al alumno como parte del proceso, según la normativa vigente.

Artículo 34°. El reingreso de alumnos que se hubiesen retirado del Colegio por un periodo estará sujeto a la disponibilidad de la vacante y a la aprobación de la evaluación respectiva.

Artículo 35°. Cada año debe ratificarse la matrícula en la intranet, firmando el convenio de matrícula y realizando los pagos correspondientes. Toda la información se envía con la debida anticipación a los padres, según las normativas vigentes y además queda publicada en la web del colegio.

Artículo 36°. En las primeras semanas de clase el Colegio entrega a los alumnos los textos del banco del libro que usarán y los materiales de trabajo personales, además de poner a su disposición en las aulas los materiales necesarios para todas las actividades curriculares. De requerirse algún material adicional que los alumnos usarán de manera personal, se les avisará con anticipación para que cada uno pueda conseguirlo.

Artículo 37°. No puede matricularse al año siguiente:

a) El alumno que permanece por segunda vez en el mismo grado o, habiendo permanecido en un grado (del que es promovido en el siguiente año lectivo), nuevamente permanece en el grado inmediato superior.

b) El alumno que permanece en tres diferentes grados durante el total de sus años en el Colegio.

c) El alumno que, habiendo sido trasladado durante la primaria o la secundaria de otro colegio, no cumpla las condiciones acordadas para su ingreso o permanezca en cualquiera de los grados escolares en cuestión.

d) El alumno cuyo comportamiento académico demuestre que no esté en condiciones de alcanzar los objetivos del Colegio. En estos casos la decisión la toma el Directorio a propuesta del Director General.

e) El alumno cuya conducta demuestre reiterada indisciplina. En estos casos la decisión la toma el Directorio a propuesta del Director General.

f) El alumno cuyos padres, apoderados o tutores ofendan o ultrajen al Colegio o a alguna de sus autoridades, profesores o personal administrativo con palabras, gestos o vías de hecho o los difamen o incumplan reiteradamente las disposiciones del Colegio. En estos casos, además, se resuelve el convenio educativo. La decisión la toma el Directorio a propuesta del Director General o del Gerente Administrativo y Financiero.

g) El alumno cuyos padres, apoderados o tutores mantengan una deuda con el Colegio por cualquier concepto.

h) El alumno cuyos padres no cumplan con las recomendaciones del Colegio derivadas de las evaluaciones diagnósticas y psicológicas que se realicen.

Artículo 38°. El Colegio tendrá la facultad de resolver el convenio educativo de aquellos alumnos cuyos padres, apoderados o tutores:

a) No cumplan con las recomendaciones del Colegio.

b) Tengan conductas que vayan en contra o puedan afectar al Colegio, su personal, otros alumnos u otros padres de familia, apoderados o tutores.

c) Generen conflictos con personal del Colegio, otros alumnos u otros padres de familia, apoderados o tutores.

d) Realicen comentarios o dispersen rumores con información falsa o que no hayan comprobado y que pueda afectar el buen nombre, imagen y/o reputación del Colegio, su personal, otros alumnos u otros padres de familia, apoderados o tutores.

Artículo 39°. Seguridad de los alumnos:

a) El Colegio comunica normas y acuerdos para situaciones de emergencia, que deberán ser cumplidas por todos los miembros.

b) Los padres, apoderados o tutores están obligados a llenar la ficha médica y de emergencias, así como actualizarla cada vez que sea pertinente. En caso de emergencia el Colegio procederá de acuerdo con las anotaciones en estas fichas y al procedimiento regular, el cual será informado en la matrícula.

c) El alumno enfermo no deberá asistir al Colegio si requiere atención especial. Si el alumno o sus familiares contraen alguna enfermedad contagiosa, están obligados a informar inmediatamente al Director General, al Director de Nivel y al tutor y a respetar los protocolos que pueda establecer el Colegio.

d) Los padres de familia se encargan de que las personas autorizadas a recoger a sus hijos traigan siempre la tarjeta de identificación que el Colegio les da. Asimismo, deben informar por escrito al tutor de cualquier cambio, y al Director de Nivel y a la Dirección del Colegio de cualquier situación de cuidado. No podrán recoger a los alumnos si no se cumple con el procedimiento establecido.

Artículo 40°. Uso de casilleros

a) Los casilleros son de propiedad del Colegio.

b) El alumno deberá respetar y acatar las disposiciones que dicte el Colegio sobre protección de sus instalaciones y bienes, incluyendo el uso de los casilleros.

c) Los casilleros serán asignados por el Director de Nivel de acuerdo con su disponibilidad. Esta asignación supone la entrega de una de las llaves. El Colegio siempre resguardará una copia de la llave de cada casillero. Al momento que el Colegio asigne un casillero, el alumno deberá firmar un documento recibiendo el casillero y confirmando su estado de conservación.

dEl casillero que le asigne el Colegio será utilizado para guardar implementos de estudio, ropa y objetos personales del alumno. Está prohibido guardar en los casilleros, objetos de propiedad del Colegio, con excepción de los bienes o implementos de estudio que el Colegio les otorgue a los alumnos para su uso durante clases. También está prohibido guardar en los casilleros tabaco, cigarros electrónicos, bebidas alcohólicas, bebidas energizantes, drogas ilícitas, estupefacientes, objetos peligrosos, inflamables, u otros que la Dirección considere, o que afecten la moral y las buenas costumbres o la seguridad de quienes laboran o estudian en el Colegio.

e) Los casilleros deberán utilizarse con el debido cuidado, sin rayarlos, forzarlos o dañarlos. Los casilleros deberán mantenerse cerrados con llave, limpios y ordenados. No deberá colocarse distintivos, calcomanías, letreros o similares.

f) En caso de extravío de la llave el alumno debe asumir el costo de su reposición. Si un alumno olvida la llave, puede solicitar en portería que le abran el casillero con la copia de la llave que el Colegio resguarda. Al finalizar cada año escolar, el alumno debe devolver el casillero asignado y su llave al tutor.

Artículo 41°. Control y revisión de los casilleros

a) El Director de Nivel mantendrá un listado de los casilleros asignados a cada alumno, según su numeración, ubicación y fecha de asignación. Es responsabilidad del Director de Nivel mantenerlo actualizado.

b) En caso el Colegio tome conocimiento de un casillero abandonado, contando con la presencia del Director de Nivel, se procederá a abrirlo. En caso contenga objetos, se mantendrán en custodia hasta ser entregados a su propietario, puestos a disposición de las autoridades o eliminados, según corresponda.

c) El Colegio podrá revisar los casilleros, sin previo aviso, para garantizar la seguridad de sus bienes, instalaciones y de las personas que se encuentren en el centro de estudios.

d) Para estos efectos, la revisión de los casilleros será realizada por el Director de Nivel, en presencia del alumno involucrado o, en su ausencia, en presencia del personal directivo o de los tutores que se encuentren en el centro de estudios.

e) La revisión del casillero deberá ser registrada en un formato adecuado.

f) De encontrase en el casillero objetos de propiedad del Colegio no vinculados a los estudios del alumno u objetos personales de otros alumnos, en presencia del alumno o de los alumnos implicados, se procederá a realizar un acta de levantamiento de los bienes encontrados para la investigación y toma de acciones que corresponda. De tratarse de actividades ilícitas como el tráfico de drogas, se comunicará de inmediato a las autoridades.

g) El Colegio podrá realizar desinfecciones en los casilleros con la frecuencia que estime conveniente, por lo que los alumnos deberán retirar sus pertenencias y dejar los casilleros abiertos por el lapso que sea necesario. Los daños y/o pérdidas que se produzcan en los bienes de propiedad de los alumnos como consecuencia del incumplimiento de esta disposición no será de responsabilidad del Colegio.

Artículo 42°. Mal uso de los casilleros

a) Los alumnos que incurran en las faltas o incumplimientos previstos en las disposiciones sobre el uso y control de los casilleros podrán ser sancionados mediante alguna de las siguientes medidas disciplinarias:

  1. Amonestación
  2. Suspensión
  3. Expulsión

b) Las sanciones podrán ser impuestas por el Colegio teniendo en cuenta la naturaleza de la falta, antecedentes, reincidencia, y especialmente, las circunstancias del caso o gravedad de la falta. No obstante, el Colegio evaluará cada caso en concreto y determinará la sanción a aplicar según los hechos ocurridos.

Artículo 43°. Uso de dispositivos electrónicos

a) El Colegio determina a partir de qué grado los alumnos deben traer su dispositivo electrónico. Cada estudiante es responsable de cuidarlo, cargarlo y encargarse de su configuración y seguridad.

bLos alumnos menores que reciben dispositivos del colegio, asignados previamente, deben cumplir con las indicaciones para su cuidado y el uso responsable de las claves de acceso.

cEn ambos casos los estudiantes deben seguir las indicaciones de los profesores para su uso en clase, respetando las normas de ciudadanía digital que se inculcan en el colegio.

Artículo 44°. El Colegio no se hace responsable de la pérdida total o parcial de los objetos que los alumnos traigan al colegio, estén en sus casilleros o no. El Colegio colabora asignando a los alumnos espacios en las aulas y fuera de ellas (casilleros) para guardar sus materiales y equipos, incluyendo los dispositivos electrónicos de su propiedad.

 

CAPÍTULO VI

NORMAS DE CONVIVENCIA: DERECHOS, OBLIGACIONES, ESTÍMULOS, FALTAS Y SANCIONES DEL EDUCANDO

Artículo 45°. Propósitos de las normas de convivencia:

a) Que todos en el Colegio puedan sentirse seguros y merecedores de un trato respetuoso y amable para poder asistir tranquilos y contentos al Colegio.

b) Que el ambiente ofrezca las condiciones necesarias para el aprendizaje eficiente; es decir, que todos puedan aprender lo mejor posible, a su manera, pero juntos.

c) Que los alumnos aprendan que lo anterior supone vivir en una estructura que posee normas, autoridades, ciertas rutinas y algunas formalidades también.

Artículo 46º. Las normas de convivencia en el aula se conversan al inicio del año en cada salón con los tutores para poder entender la manera concreta en que el presente Reglamento se vive cotidianamente. Los detalles que no estén escritos en el Reglamento son trabajados y decididos con los profesores, quienes son la autoridad en todas las actividades del colegio. Dicha autoridad debe ser respetada siempre. Los comentarios o reclamos deben hacerse en las instancias respectivas después y no en el salón de clase en medio de la actividad.

Dada la importancia de este aspecto, el Comité de directores de nivel es el encargado de cumplir las funciones del Comité de convivencia, instancia encargada de liderar y supervisar los procesos preventivos de una sana convivencia escolar, así como dar atención y seguimiento a los casos reportados por miembros de la comunidad escolar, cumpliendo estrictamente las normativas del sector al respecto y los registros que correspondan. Para ello, los alumnos trabajan en las horas de tutoría el tema de convivencia y son informados de los procedimientos para informar de las situaciones de violencia o discriminación de la que ellos u otros miembros del Colegio puedan ser víctimas, sea dentro o fuera del colegio, incluso en espacios virtuales.

Todas las disposiciones o decisiones, en situaciones donde se encuentre un estudiante víctima de violencia, deben tener como prioridad la aplicación del principio del interés superior del niño, niña y adolescente, y ponderar la protección integral de sus derechos, de conformidad con lo establecido en la Ley N° 30466, Ley que establece parámetros y garantías procesales para la consideración primordial del interés superior del niño y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 002-2018-MIMP, así como sus normas modificatorias y/o complementarias.

Artículo 47º. La norma más importante es la del respeto mutuo sin excepción. En el Colegio no se tolera ninguna forma de maltrato, existiendo la política de “tolerancia cero”. Se espera que, en primer lugar, sean los mismos compañeros los que no la acepten y que sepan recurrir a las autoridades más cercanas en el momento necesario. No se maltrata ni se permite el maltrato a otro y, de ser el caso, debe ser denunciado. Esperamos que todos ayuden a quien sea víctima e incluyan al que es dejado de lado.

Cualquier tipo de maltrato implicará la intervención de las autoridades del Colegio, incluyendo aquellas situaciones derivadas de un mal uso de las redes sociales y/o del ciberespacio. En esto se incluyen la discriminación, las burlas, el hablar mal o la agresión de cualquier manera a otra persona.

Artículo 48º. En caso se dé algún conflicto o se generen los problemas que naturalmente se dan en el Colegio, se espera honestidad al asumir cada uno sus responsabilidades. Asimismo, se espera respeto a la privacidad de las personas involucradas con el fin de evitar chismes que expongan a otros y puedan agravar el problema.

Artículo 49º. Normas mínimas de comportamiento de los alumnos:

a) Puntualidad para asistir, traer lo indicado y cumplir con los trabajos asignados.

b) Uso cuidadoso de la infraestructura y los materiales del Colegio.

c) Respeto de las cosas ajenas.

d) Cumplimiento de los códigos para la presentación personal y vestimenta.

e) Cumplimiento de los códigos para la presentación de los trabajos; en especial lo concerniente a referencias de fuentes.

f) Evitar cualquier forma de plagio de tareas, trabajos y/o evaluaciones.

g) Cumplir las pautas para el uso del celular y otros dispositivos en el Colegio, así como para las interacciones respetuosas en las redes sociales entre los miembros del Colegio, lo cual incluye abstenerse de publicar fotos de otros o del Colegio sin contar previamente con la autorización correspondiente.

Artículo 50°. Derechos del alumno del Colegio:

a) Recibir en cada grado de estudios una sólida formación, de acuerdo con los objetivos enunciados en el Capítulo II.

b) Ser tratado con dignidad, respeto y sin discriminaciones, así como ser informado oportunamente de las disposiciones que le conciernen como alumno.

c) Ser atendido por el profesor, el Tutor(a) de Sección o las autoridades del Colegio en los aspectos que competen a cada uno.

d) Conocer oportunamente el sistema con el que será evaluado y el programa de estudios que seguirá durante el año.

e) Recibir evaluados los trabajos y pruebas dentro de los diez días laborables siguientes a su aplicación, a excepción de los trabajos de investigación que le serán entregados debidamente corregidos antes de finalizar el periodo lectivo.

f) Ser escuchado por la autoridad competente antes de que se le apliquen medidas disciplinarias.

Artículo 51°. Obligaciones del alumno del Colegio:

a) Cumplir el Reglamento Interno y demás disposiciones del Colegio.

b) Respetar a su Colegio, sus profesores, condiscípulos, personal y otras personas, tanto dentro como fuera de los locales del Colegio, en persona o mediante la utilización de cualquier medio telefónico, electrónico o informático.

c) No asumir la representación, ni usar los símbolos o distintivos del Colegio sin autorización previa y por escrito.

d) Cuidar su presencia de acuerdo con el código de vestimenta del Colegio, así como sus modales y vocabulario; abstenerse de realizar actos que atenten de alguna manera contra los demás miembros del Colegio, tanto al interior de sus locales como fuera de ellos.

e) Cuidar las instalaciones del Colegio, así como los materiales de trabajo propios y ajenos.

f) Reparar el daño que cause al Colegio, su personal o a sus compañeros.

g) Cumplir con las responsabilidades que se le encomienden.

h) Ser puntual, justificar las tardanzas o inasistencias y solicitar autorización de salida antes de hora o de inasistencias o tardanzas previsibles por escrito con firma de uno de sus padres, apoderados o tutores.

i) Informar a sus padres, tutores o apoderados sobre las evaluaciones, estímulos, medidas educativas y sanciones que reciba.

j) Asistir a las actividades y a las clases de nivelación que programe el Colegio.

Artículo 52°. Estímulos y participación

El Colegio otorga estímulos a los alumnos que destaquen, tanto en los aspectos académicos, culturales y deportivos, como en los de comportamiento.

El Colegio promueve el desarrollo ciudadano y el trabajo en comunidad de los alumnos. Para ello, los alumnos pueden asumir encargos y roles rotativos en el aula desde pequeños. Los tutores de cada sección son los encargados de velar por la participación inclusiva y equitativa de todos los miembros de la clase.

A partir de quinto grado, además de estos encargos y roles, los alumnos eligen delegados (un delegado y una delegada) que representan al grupo en diferentes situaciones y colaboran a gestionar las iniciativas del grupo para una mejor convivencia y aprovechamiento de la experiencia escolar. Estos delegados se reúnen periódicamente con las autoridades del Colegio para participar con sus propuestas y aportes, así como para contribuir a resolver eventuales conflictos o problemas.

Artículo 53°. Faltas de disciplina de los alumnos y sanciones aplicables:

a) Las siguientes son medidas disciplinarias, las cuales serán aplicadas procurando respetar la confidencialidad de los agresores, víctimas y espectadores: amonestación oral o escrita, asistencia al Colegio fuera de horas de clase, trabajo comunitario, prohibición de ingreso a clase, suspensión del Colegio, matrícula condicionada y separación del Colegio.

b) Son faltas graves de un alumno que pueden ocasionar la prohibición de ingreso a clase, suspensión del Colegio, matrícula condicionada y separación del Colegio, las siguientes:

b.1. Falta de respeto, ofensa, ultraje, calumnia o difamación del Colegio, sus autoridades, profesores o personal administrativo, tanto dentro como fuera de los locales del Colegio, en persona o mediante la utilización de cualquier medio telefónico, electrónico o informático. Esto incluye la creación de algún espacio en redes sociales donde se denigre o afecte el nombre del colegio, alumnos, profesores o cualquiera de sus miembros.

b.2. Reiterados actos de indisciplina que ya hayan ocasionado amonestaciones u otras sanciones.

b.3. Conductas intencionales de hostigamiento, acoso, discriminación, falta de respeto y/o maltrato verbal o físico a otro alumno o personal del Colegio, realizadas tanto dentro como fuera de los locales del Colegio, por cualquier medio, incluyendo los telefónicos, electrónicos o informáticos.

b.4. Conductas ilícitas sancionables de acuerdo con la ley.

b.5. Tenencia o uso de tabaco, cigarrillos electrónicos, sustancias alcohólicas o estupefacientes, bebidas energizantes o cualquier otra sustancia que la Dirección del colegio considere perjudicial, dentro de los locales del Colegio o durante actividades organizadas por el Colegio.

b.6. Reiteradas faltas leves, con una frecuencia de más de cuatro veces dentro de un trimestre.

c) Son faltas leves de un alumno, que pueden ocasionar la amonestación oral o escrita, asistencia al Colegio fuera de horas de clase y trabajo comunitario, las siguientes:

c.1. Incumplimiento del Reglamento Interno y disposiciones del Colegio no mencionadas en el literal anterior.

c.2. Uso de los símbolos o distintivos del Colegio sin autorización previa y por escrito.

c.3. Incumplimiento del código de vestimenta del Colegio.

c.4. Falta de cuidado en los modales y vocabulario.

c.5. Falta de cuidado de las instalaciones del Colegio, así como los materiales de trabajo propios y ajenos.

c.6. No cumplir con reparar el daño que cause al Colegio, su personal o a sus compañeros.

c.7. Incumplimiento de las responsabilidades que se le encomienden.

c.8. Impuntualidad o inasistencias injustificadas.

c.9. No informar a sus padres, tutores o apoderados sobre las evaluaciones, estímulos, medidas educativas y sanciones que reciba.

c.10. Inasistencia a las actividades y a las clases de nivelación que programe el Colegio.

c.11. Formar parte o ser seguidor de un grupo, red o cualquier medio físico o virtual en el que se denigre o afecte el nombre del colegio, alumnos, profesores o cualquiera de sus miembros.

d) El Colegio puede imponer la separación de un alumno del Colegio, además, en los siguientes casos:

d.1. Cuando considera que la falta de colaboración de los padres, apoderados y/o tutores, hacen imposible la corrección del alumno.

d.2. Cuando alguno de sus padres, apoderados y/o tutores hubiere cometido una falta, según lo establecido en el Artículo 56º.

Asimismo, el Colegio puede establecer rendimientos académicos mínimos bajo condición de separación del alumno o imponer esta sanción si considera que la falta de colaboración de los padres, apoderados o tutores hace imposible el cumplimiento de la labor educativa del Colegio.

e) El personal docente debe poner en conocimiento del Tutor(a) de Sección y del Director de Nivel respectivos las sanciones aplicadas. Los casos graves serán manejados por el Comité de Directores de Nivel. Los padres, apoderados o tutores deben ser informados a la brevedad de cualquier sanción.

f) La suspensión y la prohibición de ingreso a clase deben contar con el visto bueno del Director de Nivel, quien las comunicará a los padres, apoderados o tutores. La matrícula condicionada, así como la separación del Colegio deben ser propuestas por el Director General al Directorio, que es quien las decide. La aplicación de cada sanción depende de la gravedad de la falta y no supone necesariamente otras sanciones o medidas previas, aunque de haberlas serán tomadas en cuenta.

g) El alumno o sus padres, apoderados o tutores pueden pedir apelación o reconsideración de una medida educativa o de una sanción al Director de Nivel, si fue aplicada por un profesor, o por su Tutor(a) de sección; al Director General si fue aplicada por el Director de Nivel; o, al Directorio si fue aplicada por el Comité de Directores de Nivel. Mientras se resuelve la solicitud de apelación o reconsideración, la medida educativa o sanción puede quedar en suspenso, si así lo resuelve la instancia que tomó la medida disciplinaria. Lo resuelto en la segunda instancia es inapelable.

 

CAPÍTULO VII

DEL RÉGIMEN ECONÓMICO: PENSIONES Y BECAS.

Artículo 54°. Pensiones y Becas:

a) El Colegio fija el número, monto, fechas de pago y penalidades por mora de las pensiones y la matrícula de cada año escolar y proporciona dicha información con anterioridad a la matrícula dentro de los plazos y la forma que manda la ley. Dicha información es, además, visible siempre en la página web, incluyendo la evolución de dichos cobros en los últimos diez años.

b) El Colegio fija asimismo el monto de la cuota de ingreso, los plazos y formas de pago. En caso de retiro, se podrá solicitar a la subdirección administrativa la devolución de la parte correspondiente, según las normativas vigentes.

c) El Colegio otorga becas completas o parciales, hasta un monto fijado por el Directorio, a aquellos alumnos cuya situación económica comprobada les impide realizar o continuar sus estudios primarios o secundarios y que tienen buena conducta y rendimiento académico satisfactorio, en las condiciones que establece el Reglamento de Becas.

d) El Colegio informa cada año las medidas que toma por el atraso en el pago de sus obligaciones, de acuerdo con lo que las normas establezcan. No se emitirán los certificados de estudios de los grados que no han sido cancelados en su totalidad.

 

CAPÍTULO VIII

DE LAS RELACIONES CON LOS PADRES DE FAMILIA

Artículo 55°. Derechos de los Padres de Familia, Tutores o Apoderados:

a) Recibir trato digno y respetuoso.

b) Recibir la información pertinente y oportuna sobre los temas relativos a la educación de sus hijos.

c) Recibir la información pertinente y oportuna sobre las cuestiones administrativas que los afecte.

d) Ser recibido, previa cita, por la instancia pertinente en caso de presentarse algún problema en el proceso educativo de su hijo. Pueden solicitar citas por secretaría o por correo electrónico con cualquiera de las instancias y, de preferencia, respetando el orden de responsabilidades: profesor, tutor, coordinador, director de nivel o director general.

e) Participar del proceso educativo a través de las reuniones y actividades que el Colegio organiza.

f) Participar de la elección anual de los delegados de los padres de familia de la sección de su hijo.

Artículo 56°. Obligaciones de los Padres de Familia, Tutores o Apoderados:

a) Mostrar trato digno y respetuoso con todos los miembros del Colegio.

b) Mantenerse informados e informarse mutuamente, dado el caso, acerca de los asuntos pedagógicos y administrativos concernientes a su hijo en el Colegio.

c) Denunciar los casos de violencia, intimidación, hostigamiento, discriminación, difamación y cualquier otra manifestación que constituya acoso entre los estudiantes de los que tomen conocimiento y brindar colaboración para corregir tales actos, comprometiéndose a cumplir con la consejería que corresponda.

d) Cumplir con las medidas de protección y las medidas correctivas que pueda imponer o recomendar el Colegio.

e) Asistir a las reuniones obligatorias y a citaciones especiales que haga el Colegio.

f) Firmar y tomar nota de las comunicaciones y evaluaciones que el Colegio envía.

g) Apoyar a su hijo en el cumplimiento del Reglamento, especialmente en cuanto a su asistencia puntual a clases, horas de nivelación, estudio en casa y demás actividades.

h) Apoyar al Colegio en el proceso educativo, colaborando con las medidas pedagógicas que sean necesarias.

i) Cumplir puntualmente con los pagos anunciados en la circular de matrícula.

j) Cumplir con el Reglamento Interno y demás disposiciones del Colegio.

k) Respetar y cumplir las normas de los eventos en los participen representando al Colegio o acompañando a sus hijos en representación del Colegio. Esto incluye el respeto al personal, árbitros e incluso a los alumnos y padres de familia de los demás colegios participantes.

Artículo 57°. Faltas de los padres de familia, apoderados y/o tutores, sanciones aplicables:

a) Las siguientes son medidas disciplinarias, las cuales serán aplicadas en caso de incumplimiento de las obligaciones detalladas en el artículo anterior, procurando respetar la confidencialidad de los agresores, víctimas y espectadores: amonestación oral o escrita, prohibición de ingreso al Colegio o a eventos en los que participe el Colegio, separación de su hijo/a o representado/a del Colegio.

b) La sanción será impuesta por el Director General y los padres, apoderados o tutores pueden pedir apelación o reconsideración de una medida educativa o de una sanción al Directorio del Colegio. Mientras se resuelve la solicitud de apelación o reconsideración, la medida educativa o sanción puede quedar en suspenso, si así lo resuelve el Director General. Lo resuelto en la segunda instancia es inapelable.

Artículo 58º. La Directiva de la Asociación de Padres de Familia (APAFA), en el caso de existir, se reúne con el Director General por lo menos una vez al semestre a iniciativa de ésta. El Director General está facultado a citar a la Directiva de la Asociación de Padres de Familia cada vez que lo requiera.

Los Directores de nivel promueven la elección por votación de los padres y madres delegados en cada grado la noche de la primera reunión de padres del año. Luego se reúne con los delegados electos para acordar un plan de trabajo conjunto y establecer las formas de colaboración.

Cuando no se haya elegido una Directiva de la APAFA o esta no se encuentre activa, el Director General podrá convocar a una asamblea de delegados, por grados o conjunta, para tratar los temas que considere pertinente.

Artículo 59º. Las actividades de los alumnos no organizadas por el Colegio son responsabilidad exclusiva de sus padres, apoderados o tutores. En especial los viajes de promoción, los cuales no son organizados ni promocionados por el Colegio, eximiéndonos así de cualquier responsabilidad que pudiera derivarse de la organización o realización de tales actividades. El Colegio pone especial énfasis en la recomendación de no realizar viajes de promoción al extranjero.

 

DISPOSICIÓN FINAL

Artículo 60°. El Directorio interpretará en el caso necesario las disposiciones establecidas en este Reglamento y resolverá los asuntos no contemplados en él.

 

Lima, 2023.

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